a. Planificar, dirigir y coordinar los procesos de la Dirección de Regulación de Bancos e Instituciones Financieras, Dirección de Regulación de Seguros y Dirección de Regulación Prudencial de Valores, Medios de Pago y Desarrollo de Mercado, así como Divisiones a su cargo, de acuerdo a la normativa legal vigente y los lineamientos definidos para la Dirección General, en concordancia con la planificación estratégica y políticas aprobadas por la Comisión.
b. Planificar, dirigir, ejecutar, coordinar y controlar el diseño, elaboración, discusión y emisión de las normativas e instrucciones generales para la aplicación y cumplimento del marco jurídico que rige a las entidades fiscalizadas por la Comisión, en el ámbito prudencial.
c. Planificar, dirigir, ejecutar, coordinar y controlar la elaboración y análisis de proyectos de ley que le encomiende el Consejo, en el ámbito prudencial de las entidades fiscalizadas por la Comisión, debiendo investigar y proponer desarrollos regulatorios, en línea con las mejores prácticas internacionales.
d. Planificar, dirigir, ejecutar, coordinar y controlar las actividades que tengan por objeto la tramitación las solicitudes de inscripción en, y modificación de, los registros públicos encomendados a la Comisión y de las autorizaciones de existencia, y de actividades que por ley deban requerir a esta Comisión bancos, cooperativas de ahorro y de crédito, y emisores y operadores de tarjetas no bancarios, además de las filiales y sociedades de apoyo al giro de las mencionadas entidades, así como los procesos de licenciamiento de las entidades sujetas a autorización de existencia y aprobaciones que por ley ésta deba tramitar, relativas a entidades fiscalizadas, en el ámbito de su competencia.
e. Planificar, dirigir, ejecutar, coordinar y controlar las actividades que tengan por objeto absolver las consultas y peticiones que formulen los accionistas, inversionistas, entidades reguladoras o supervisoras extranjeras, organismos nacionales e internacionales, u otros legítimos interesados, relacionados con: i) información de esas entidades, o de las industrias o mercados en que aquéllas participan; ii) el grado de cumplimiento de los principios internacionales atingentes a dichas entidades o el parecer del Servicio respecto a los mismos principios; o iii) el potencial impacto que
una nueva legislación, normativa o reglamentación pudiese tener en esas entidades, industrias o mercados; todo lo anterior, en el ámbito prudencial de las entidades fiscalizadas por la Comisión.
f. Planificar, dirigir, ejecutar, coordinar y controlar los procesos de pronunciamiento respecto de idoneidad y suficiencia de garantías financieras por cierres de faenas mineras, de acuerdo a los requerimientos remitidos por el Servicio Nacional de Geología y Minería.
g. Planificar, dirigir, ejecutar, coordinar y controlar las actividades que tengan por objeto la objeto la tramitación de los procesos de registro de las entidades de garantía recíproca y sus evaluadoras y controlar la exigencia patrimonial mínima y clasificarlas en categoría "A" o "B", así como la tramitación de los procesos de registro de los almacenes de depósito y sus evaluadoras, controlar el cumplimiento del capital mínimo exigido y el envío de los estados financieros, así como de la información que dispone la Ley N° 18.690, sobre Almacenes Generales de Depósito, en ambos
casos de acuerdo a la legislación y normativa aplicable.
h. Dirigir, coordinar y controlar el monitoreo de proyectos de ley, correspondiente al ámbito de la Dirección General.
i. Coordinar las relaciones con el Ministerio de Hacienda, Cancillería, SERNAC, Banco Central y otros organismos públicos, en el ámbito de su competencia.
j. Colaborar y dar respuesta a consultas y peticiones que le sean requeridas por otra unidad de la Comisión, en el ámbito de su competencia.
k. Desarrollar las demás actividades institucionales que le encomiende el Presidente y el Consejo de la Comisión.