Funciones del Comité Sancionatorio

El Comité Sancionatorio conocerá materias relacionadas con el ejercicio de la potestad sancionatoria de la Comisión para el Mercado Financiero, lo que en ningún caso implicará un pronunciamiento previo respecto de la decisión del Consejo en dichas materias.

Entre las labores a ejecutar, a este Comité le corresponderá:

  • Conocer de los informes de no inicio de investigación.
  • Conocer de los informes de no formulación de cargos.
  • Conocer los procedimientos de investigación o sancionatorios respecto de los cuales corresponde su pronunciamiento al Consejo.
  • Proponer al Consejo las políticas relacionadas con el ejercicio de la potestad sancionatoria de la Comisión para el Mercado Financiero y/o sus actualizaciones, así como revisar periódicamente su ejecución.
  • Conocer aquellos otros temas referidos a las facultades de la Unidad de Investigación, que el Fiscal deba informar al Consejo.

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