a. Ejecutar y controlar el desarrollo de las actividades relacionadas con la supervisión prudencial de las entidades del mercado de bancos e instituciones financieras fiscalizadas por la Comisión, de conformidad a la planificación, dirección y coordinación fijada por la Dirección de Supervisión Prudencial de Bancos, Cooperativas, Infraestructuras y Entidades de Pagos de Bajo Valor al efecto.
b. Identificar y evaluar los factores de riesgos de las entidades supervisadas en su ámbito de competencia, para determinar los ámbitos de evaluación de gestión de riesgos.
c. Efectuar y controlar las evaluaciones in situ de los bancos e instituciones financieras de acuerdo a la planificación anual.
d. Monitorear permanentemente las entidades supervisadas en su ámbito de competencia.
e. Elaborar la propuesta de informe con las conclusiones de revisión y propuestas de calificación de las entidades supervisadas en su ámbito de competencia, y someterlo a aprobación del Director de Supervisión Prudencial de Bancos, Cooperativas y Pagos de Bajo Valor.
f. Revisar y monitorear la implementación de los planes de solución propuestos por las entidades supervisadas en su ámbito de competencia a las observaciones resultantes de las evaluaciones de gestión de riesgo.
g. Disponer y monitorear la implementación de planes y medidas de mitigación respecto de las entidades supervisadas por cada División.
h. Gestionar la regularización temprana de las entidades supervisadas en su ámbito de competencia.
i. Monitorear la ocurrencia de contingencias o incidentes en el sistema financiero que pudieren afectar a las entidades supervisadas en su ámbito de competencia, pudiendo solicitar antecedentes
adicionales a la entidad o entidades correspondientes, monitorear las acciones de recuperación o contención propuestas por aquéllas, así como requerirles planes de mitigación.
j. Colaborar y participar, cuando sea requerida, en requerimientos relativos a elaboración de estudios o análisis relacionados con las entidades supervisadas en su ámbito de competencia.
k. Participar en la gestión de reclamos, denuncias y consultas atingentes a su ámbito.
l. Colaborar en las consultas y peticiones en materia de desarrollo regulatorio e identificación de necesidades de regulación, cuando sea requerida, en materias de su competencia.
m. Gestionar las solicitudes de autorizaciones de funcionamiento de bancos, filiales de bancos, sociedades de apoyo al giro, y emisores no bancarios de tarjetas de pago.
n. Asesorar y realizar las demás funciones o labores que el Director General de Supervisión Prudencial o su jefatura directa le encomiende, en el ámbito de su competencia.
Jefe División: Jacqueline Navarro Espinoza